La tasa Google o el impuesto sobre determinados servicios digitales, se aplicó a principios de este año para imponer impuestos o cargas tributarias a aquellas grandes tecnológicas con un 3% sobre los ingresos derivados de servicios de publicidad en línea, intermediación en línea y transmisión de datos.
Tras su puesta en marcha, unos meses después, España ha llegado a un acuerdo con Estados Unidos para suprimir la ‘tasa Google’ el 31 de diciembre de 2023, como fecha límite. Además del Gobierno de España, también han llegado a este mismo acuerdo Austria, Francia, Italia y el Reino Unido.
Este pacto dejará en suspenso los aranceles que habían anunciado contra los Estados que pusieron en marcha impuestos a las plataformas digitales. De esta manera, España y el resto de países del pacto mantendrán sus respectivos impuestos digitales nacionales hasta que entre en vigor el primer pilar del acuerdo sobre fiscalidad de empresas al que llegó la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) a petición del G20.
Tras el acuerdo multilateral de ámbito internacional alcanzado, el siguiente paso es comenzar un periodo transitorio enfocado en la retirada progresiva del también llamado impuesto digital. Este periodo arrancará el 1 de enero de 2022 y, concretamente, EE.UU. garantiza que pondrá fin a las trabas comerciales impuestas contra los países europeos firmantes por la implantación de impuestos digitales nacionales.
En el caso de España, Estados Unidos había anunciado la imposición de recargos del 25% en los aranceles a productos españoles del sector textil, como sombreros y gorros, cinturones y bandoleras, y bolsos; el calzado; la cristalería interior o las gambas y pulpos, si bien la medida estaba sujeta a una moratoria de seis meses que la mantenía suspendida hasta finales de noviembre.
A partir de ahí, el compromiso supone la retirada del impuesto en el momento en que entre en vigor el llamado Pilar 1 del nuevo marco fiscal global (el que establece la redistribución de los tributos entre los territorios donde operan las multinacionales) o, de no hacerlo antes, el 31 de diciembre de 2023 como tarde.
A su vez, a partir de 2024, los países firmantes deberán calcular si la aplicación de sus impuestos digitales durante el periodo transitorio (del 1 de enero del año que viene a finales de 2023, de seguir vigentes los tributos hasta entonces) fue superior al que habría correspondido con el nuevo impuesto global. Aquellas empresas que hayan pagado de más con las tasas digitales recibirán créditos fiscales en compensación por la diferencia.