El 30 de marzo finalizaba el plazo para el envío de aportaciones a la consulta pública sobre el Proyecto de Ley de Consumo sostenible. El Proyecto se hace eco de la necesidad existente en nuestro ordenamiento jurídico en el marco de las relaciones de consumo de una norma que regule los nuevos modelos de consumo desde el prisma de una mayor y mejor información que será clave a la hora de tomar decisiones informadas por parte de las personas consumidoras, al tiempo que se estimula la demanda y la oferta de bienes más sostenibles. En definitiva, garantizando que las personas consumidoras no serán inducidas a error sobre las características de un producto (ambientales, sociales, etc.,), lo que redundará en un aumento de la durabilidad, reparabilidad y reciclabilidad de los bienes. En esta regulación se abordarán entre otros, aspectos como:
- Greenwashing: Se pretende prohibir afirmaciones medioambientales cuando no se pueda garantizar la veracidad y la credibilidad de las mismas.
- Impulso de la reparación y garantía: estableciendo medidas que incentiven y aseguren la reparación de los bienes, excepto en el caso de que la reparación sea imposible.
Antecedentes de la norma:
La Comisión Europea en su incesante compromiso de lograr garantizar que los consumidores puedan tomar decisiones con conocimiento de causa o mejor informadas al objeto de que puedan desempeñar un papel activo en la transición ecológica, ha aprobado una Directiva –Directiva Comunitaria (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2024, por la que se modifican las Directivas 2005/29/CE y 2011/83/UE en lo que respecta al empoderamiento de las personas consumidoras para la transición ecológica mediante una mejor protección contra las prácticas desleales y mediante una mejor información– y otras se encuentran en tramitación – Directiva sobre alegaciones ecológicas y Directiva sobre el derecho a reparar-.